Hupetina Antiqua (trilobite) incautados en Menorca
Fuente: Guardia Civil
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Dependiendo de diversos factores a recolección de fósiles
puede pasar de estar permitida a tener
una pena de cárcel y/o multa económica.
En Argentina por ejemplo, existen leyes específicas para
preservar el patrimonio paleontológico con penas de 1 a 3 años de cárcel.
En España, se puede recoger y guardar un fósil en algunas
regiones y no tener ninguna consecuencia, pero en otras puede conllevar una
sanción e incluso una detención debido a la falta de una legislación más
precisa para proteger los fósiles del territorio nacional.
Para recoger fósiles en España es necesaria una
autorización. Pero la legislación nacional da lugar a ambigüedad y no regula la
recolección no científica de fósiles, por lo que las comunidades autónomas han
desarrollado sus propias normas haciendo que la protección de los fósiles sea
distinta en función de la región en la que se encuentre.
Fósiles, conchas y marfil de mamut incautados por la Guardia Civil en una tienda de Vigo Fuente: Guardia Civil |
A escala nacional, los fósiles están regulados por la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español (LPHE) y por la Ley 33/2015 que actualiza la ley del 2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
El problema es que no se contempla en la LPHE la diferencia
entre paleontología (estudio de fósiles de organismos que han habitado la
Tierra) y la arqueología (estudio de las civilizaciones humanas antiguas). “La
diferencia entre bien paleontológico y bien arqueológico, entre esqueleto de
dinosaurio y punta de flecha romana, no ha sido bien definida por el legislador
y por ende tampoco su regulación jurídica ni protección”, explican fuentes de
la Jefatura del Seprona de la Guardia Civil.
“La inclusión de un bien como el paleontológico en el
contexto de una ley centrada en la protección de los bienes creados por el
hombre resulta, como afirma parte de la doctrina, bastante paradójica. Podría
llegar a entenderse que la LPHE no ampara a todos los fósiles, sino solo a los
que coinciden con la presencia del hombre”, añaden. Según el Seprona, “en la
práctica, hay una subordinación de la entera actividad paleontológica en la
disciplina arqueológica".
Como consecuencia, la protección de una obra pictórica, por
ejemplo, está mucho más clara desde el punto de vista jurídico que la
protección de los fósiles. Esto se refleja en la proliferación de un mercado
negro internacional, con bienes de incierta procedencia.
No obstante en nuestro país existe una única ley regional en
la que está claro que las potestades de intervención y control de las
actividades paleontológicas tienen un respaldo legislativo, según la Jefatura
del Seprona.
El Seprona de Teruel incauta objetos de interés patrimonial
cuando comprueba la realización de actividades prohibidas.
Fuente: Seprona
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Se trata de la Ley de la Diputación General de Aragón 3/1999
del Patrimonio cultural aragonés, que regula los hallazgos de cualquier índole,
el uso de detectores y de otros instrumentos de detección, y todo tipo de
actividades arqueológicas y paleontológicas.
En caso de hallazgo casual, la normativa obliga al
descubridor a comunicar su descubrimiento inmediatamente al servicio provincial
con competencias en Patrimonio y está obligado a entregar, de manera inmediata,
lo que ha recogido, aunque sean objetos de escaso interés.
Ante la comprobación de que cualquier persona se encuentre
realizando una actividad prohibida en cuanto al patrimonio paleontológico o se
halle en posesión de estos objetos sin autorización, la Guardia Civil procederá
a la detención y puesta a disposición judicial de las personas responsables o a
denunciar los hechos, en los supuestos de infracción administrativa, confirman
fuentes de la Guardia Civil de Teruel.
La Guardia Civil incauta los bienes paleontológicos
obtenidos de forma contraria a la norma.
Fuente: Seprona Teruel
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La norma nacional que protege a los fósiles es también muy discutida entre paleontólogos. La investigadora Graciela Delvene ha participado en la creación de una propuesta de código ético para regular la recolección de fósiles.
La novedad es que esta norma no incluiría solo a
científicos, sino también a otros grupos susceptibles del trato con fósiles:
aficionados, coleccionistas, comerciantes e ingenieros civiles o de minas. De
este modo, se conseguiría una regulación a medio camino entre la completa
prohibición de la recolección de fósiles y la permisividad total de recogida.
Análisis DAFO de los sujetos que recolectan/tienen/comercian
con fósiles.
Fuente: Delvene et al.
Fuentes y enlaces de interés:
Un saludo,
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La gran duda sería, si alguien tiene fósiles guardados, cogidos de algún sitio de España, recolectados hace más de 20 o 30 años en casa, ¿llevarían multa?¿tendría la obligación de darlos? ¿Puede legalizarse el tenerlos sin que sea penalizado? etc.
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